Demostrar su ciudadanía: hijo/a de ciudadano/a estadounidense nacido/a en el extranjero

Aprenda cómo comprobar su ciudadanía estadounidense, si uno de sus padres era estadounidense pero usted nació fuera del país.

Por lo general, cuando un niño nace fuera de Estados Unidos y sus padres son ciudadanos estadounidenses, se debe presentar un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA, sigla en inglés). Esta es una prueba de la ciudadanía estadounidense del niño.

El Departamento de Estado de EE. UU. suele emitir un CRBA antes de que el niño tenga los 18 años. Si sus padres no cumplieron con este requisito, usted tiene dos opciones para que le reconozcan su ciudadanía:

  • Solicitar un pasaporte de Estados Unidos. Si sus padres no registraron su nacimiento en una embajada o consulado de EE. UU., usted necesita:
    • Registro de nacimiento en el extranjero, que muestre los nombres de sus padres.
    • Evidencia de la ciudadanía estadounidense de uno de sus padres.
    • Certificado de matrimonio de sus padres, si corresponde.
    • Declaración de sus padres ciudadanos estadounidenses, que indique dónde y cuándo vivieron en EE. UU. y en el extranjero, antes de su nacimiento.
  • Solicitar un Certificado de Ciudadanía. Envíe el Formulario N-600 para obtener un Certificado de Ciudadanía. Este documento sirve para probar que usted es ciudadano estadounidense. Obtenga más información sobre el Formulario N-600 y cómo enviarlo.

ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: 9 de agosto de 2024

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